Martes , 27 Junio 2017
El Sistema Electoral cubano, un freno al ejercicio de la democracia en el país

El Sistema Electoral cubano, un freno al ejercicio de la democracia en el país

Por más de cincuenta años los cubanos han visto truncadas sus aspiraciones de ejercitar la democracia en el país por la vía electoral, producto a una serie de mecanismos que con mucha cautela han creado  las personas que detentan el poder político, y a la vez neutralizan las posibilidades o intensiones de los miembros de la sociedad, que libremente decidan  presentarse como candidatos a cargos de dirección para el Gobierno del  País a cualquier nivel.

En la Ley Electoral  No 72 Titulo I Derecho al Sufragio, Capitulo I Disposiciones Generales artículo 4 inciso a: Cada ciudadano, con capacidad legal para ello tiene derecho a elegir y resultar elegido en la forma y según los procedimientos fijados en ésta Ley. En éste artículo los legisladores ejercitan una maniobra legal que da muerte a cualquier pretensión democrática, que se sintetiza, si  no eres presentado dentro del proyecto de candidatura por dicha comisión , tus aspiraciones de ser elegido siempre estarán fuera del marco legal vigente. Por ese carácter antidemocrático de esta Ley es que se  necesita con urgencia una reforma a dicha ley así como a la  Constitución de la República de Cuba, en lo referente al Capítulo I Fundamentos  Políticos, Sociales y Económicos del Estado, en su artículo 5, entre otros. En el que se plantea: El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el  avance hacia la sociedad comunista. Claramente se puede apreciar que se nos impone por la fuerza la aceptación de un único partido político con facultades de dirección a nivel central, limitando así la posibilidad de decisión a la hora de ejercer el derecho al voto.

En el titulo IV De las comisiones de candidaturas, Capitulo I Disposiciones Generales, artículo 68: Las comisiones de candidaturas se integran por representantes de la Central de Trabajadores de Cuba, de los Comités de Defensa de la Revolución, de la Federación de Mujeres Cubanas, de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, de la Federación Estudiantil Universitaria y de la Federación Estudiantil de la Enseñanza Media, designados por las  direcciones nacionales, provinciales y municipales respectivas, a solicitud de las Comisiones Electorales Nacionales, Provinciales y Municipales. Es evidente que estas organizaciones de masas que integran las comisiones de candidaturas responden ciegamente a los intereses del gobierno cubano y los propuestos por dichas comisiones serán personas que apoyen el sistema político. Por lo que se necesita  que se le de amparo legal en el sistema legislativo cubano a la presencia de más de un partido político en el sistema electoral  quedando libre la opción de depositar el mandato de voluntad por parte de la población en aquel proyecto de gobierno que se considere más ventajoso para el desarrollo del país y el bienestar de la sociedad.

 


 

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