Martes , 27 Junio 2017

Sin respuesta ni esperanzas

La Constitución de la República de Cuba en su Artículo 60: cita, que la confiscación de bienes se aplica sólo como sanción por las autoridades, en los casos y por los procedimientos que determina la ley.

En el Artículo 63: sita, que todo ciudadano tiene derechos a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir atención o respuestas pertinentes y en  plazo adecuado, conforme a la ley.

Una vez más se evidencia como en Cuba se viola la propia constitución y leyes  por parte de los funcionarios del estado y el gobierno. El 31 de Enero del presente año el ciudadano Lázaro Luis Ruiz Echevarria, joven de 32 años de edad quien es activista del Partido Cuba Independiente y Democrática (CID) realizó una reclamación ante el Consejo de Estado de este país y al Ministerio de Justicia donde explicó su total desacuerdo respecto a una ocupación realizada por parte de la policía del municipio de San Miguel del Padrón Ciudad Habana, en la que expuso la falta de legalidad e incumplimiento a las regulaciones, procedimientos y leyes del país.

Sintiéndose  afectado por la confiscación del auto Moskovich,  2140 de color azul con la matrícula HET 129 sin realizársele ningún proceso Judicial o Fiscal, cuyo auto había adquirido en los finales del año 2006 y no había podido realizarle traspaso a su nombre ya que estaba prohibido, a unos meses de su adquisición luego de realizarle algunas reparaciones de motor, chapistería y pintura, la Policía Nacional Revolucionaria sin poder Jurídico y Legal, en el mes de febrero del 2007 circula el auto para decomiso, el que le fue confiscado en el mismo mes, cuando se disponía a serviciarlo de combustible en un Servicentro de la carretera de Vía Blanca municipio  Guanabacoa, Ciudad Habana, donde fue detenido por un oficial de Tránsito. Desde el momento Lázaro preguntaba el por qué del decomiso y lo mantuvieron sin respuesta hasta que se personó en la Dirección General de la Policía, donde de forma muy ofensiva le expresaron que era un traidor, que ya no era de los de ellos, que no tenía motivos para manejar el auto y menos tener posesión de este, mostrándose una aversión sobre Ruiz Echevarria por haber decidido abandonar las filas del Ministerio del Interior, además que era una orden de Carlos Lages (en aquel entonces un dios en el país) siempre le quedo la duda por qué le habían decomisado el carro, solo le convenció el conocimiento de las arbitrarias actuaciones a las leyes que son capaces de cometer los funcionarios del gobierno, cuando los altos mandatarios ordenan, los demás cumplen sin mirar consecuencias.

Hasta la fecha de realizar dicha reclamación solo ha recibido respuesta del Ministerio de Justicia, la que expresa, no tener poder jurídico para reclamar dicho auto ya que no es el propietario legal. De la carta entregada en el Consejo de Estado no ha recibido respuesta, según el personal de atención a la ciudadanía en mencionado lugar tenían hasta 60 días para dar respuesta, ya transcurrieron seis mes y nada.

Tendremos derecho a recibir respuesta de los órganos y entidades competentes, como refiere la propia constitución que está destinada para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo de  la sociedad cubana.

Lázaro nunca ha cometido ningún  delito, amparado en qué en que normativa jurídica procede este acción

Reclamación entregada al Consejo de Estado.


 

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