Los derechos decididos por la policía política son una verdad que volvió a salir a flote cuando un capitán de la Seguridad del Estado en Pinar del Río usurpó las funciones de la oficina de atención a la población.
El pasado viernes 24 de marzo, el observador de los derechos humanos Lázaro Luis Ruíz Echevarría comprobó una vez más que su teléfono está intervenido porque le manifestó, por esa vía, a un amigo, que se dirigiría a la oficina de atención a la población del Poder Popular provincial. Al llegar a ese lugar, sobre las 11:30 am, lo esperaba el Capitán de la Seguridad del Estado, Juan Pérez Puentes y el activista alcanzó a escuchar como el oficial le prohibía categóricamente al personal de la oficina recibir cartas (quejas) del propio Lázaro o cualquiera de los observadores que trabajan con él.
Al escuchar tamaña arbitrariedad, Lázaro enfrentó al capitán preguntándole si esa autoridad estaba dentro de sus funciones; a lo que el oficial respondió exigiéndole el carné de identidad y los documentos que trataba de presenta. Específicamente el capitán expresó que él era el que decidía sobre lo que se podía recibir o no.
Esta actitud oficial está abiertamente contra lo estipulado en la propia Constitución de la República que expresa en su artículo 63: “Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley.”
Además de haber violado también el artículo 57 que especifica: “La correspondencia es inviolable. Solo puede ser ocupada, abierta y examinada en los casos previstos por la ley. Se guardará secreto de los asuntos ajenos al hecho que motivare el examen.
El mismo principio se observará con respecto a las comunicaciones cablegráficas, telegráficas y telefónicas”.
“Ejercen toda clase de abusos contra nosotros y para colmo tampoco quieren permitirnos protestar formalmente”, sentencia Lázaro resumiendo lo sucedido.